Auto Supremo AS/0556/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0556/2020

Fecha: 05-Nov-2020

Sobre el principio de verdad material (hechos), se debe comprender que éste no se encuentra

Sobre el principio de verdad material (hechos), se debe comprender que éste no se encuentra al margen de lo que corresponde a la verdad formal (documentos), pues idealmente, ambos criterios de verdad deben concurrir o confluir en un punto que es “la verdad”. En el caso de autos, el punto de partida, que constituyó la decisión de resolución unilateral del contrato suscrito entre el Gobierno Autónomo Departamental de Chuquisaca y la Empresa B&B Ltda. y Asociados, fue arbitraria, porque se trató de una decisión asumida al margen de la ley de acuerdo con los fundamentos ampliamente expuestos; tal como determinó el tribunal que pronunció la sentencia que fue impugnada a través del recurso en análisis, el argumento de fuerza mayor o caso fortuito, fundado en la inexistencia de presupuesto por la baja del precio internacional del petróleo y en consecuencia la disminución de regalías para el Departamento de Chuquisaca, no tiene asidero alguno en relación con las normas que rigen los mecanismos de planificación, programación de operaciones, presupuesto, administración de bienes y servicios y contrataciones estatales