Auto Supremo AS/0483/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0483/2020-RRC

Fecha: 17-Sep-2020

Por los argumentos expuestos, se concluye que el Tribunal de alzada, al momento de emitir


Por los argumentos expuestos, se concluye que el Tribunal de alzada, al momento de emitir el Auto de Vista impugnado, obró correctamente y en observancia de lo previsto por el art. 130 del CPP, no incurriendo en vulneración de derechos ni garantías constitucionales, pues dentro el marco del control formal previo a la resolución del fondo, identificó que el recurrente no cumplió con el plazo procesal, conclusión que resulta correcta, ya que, en ningún momento el Tribunal de Sentencia suspendió los plazos procesales ante la vacación individual, que no afectó el normal desarrollo de las funciones judiciales en dicho despacho; consecuentemente, el recurso interpuesto deviene en infundado