Auto Supremo AS/0483/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0483/2020-RRC

Fecha: 17-Sep-2020

Según el profesor Von Listz, en su tesis del “puente de oro”, el desistimiento debe


El desistimiento voluntario se da cuando el agente voluntariamente abandona la ulterior ejecución del hecho o impide su consumación. Es decir, en el ámbito de la tentativa se distinguen dos hipótesis: Si el autor no ha hecho todavía todo lo que le parece necesario para la producción de la consumación del delito. Y cuando la producción del resultado sólo depende del efecto autónomo de factores causales o de la actuación de terceros, para lo cual se requiere que el autor desarrolle una actividad contraria para evitar el resultado dañoso. Asimismo, el arrepentimiento eficaz debe ser por motivos del agente, exclusivamente suyos y no sugeridos por otros.

Según el profesor Von Listz, en su tesis del “puente de oro”, el desistimiento debe reunir los siguientes requisitos: 1. Subjetivo. El agente en forma voluntaria debe decidir no proseguir con la ejecución del delito. El desistimiento no debe ser provocado (por temor o miedo), debe surgir de modo autónomo e incluso puede darse por un impulso externo que motive al agente. 2. Objetivo. El agente no debe continuar la ejecución del delito. El desistimiento requiere de un comportamiento activo del sujeto, el que consiste en la realización de actos destinados a evitar que se produzca la consumación del delito