AUTO 1/2016, de 18 de enero
Fecha: 18-Ene-2016
1. El art. 56.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) establece que la Sala que conozca de un recurso de amparo podrá disponer, de oficio o a instancia de parte, la suspensión del acto de los poderes públicos por razón del cual se reclame el amparo constitucional, cuando la ejecución hubiere de ocasionar al recurrente un perjuicio ...