AUTO 1/1986, de 8 de enero

Fecha: 08-Ene-1986

1. El presente amparo no puede tener otro contenido que el relativo a la impugnación de los actos administrativos, recurridos primero en vía contenciosa administrativa, y luego traídos al amparo constitucional por la vía del artículo 43 de la LOTC. La ampliación que en el trámite de admisión (el del artículo 50 de la LOTC) se ha querido hacer para...

AUTO 10/1986, de 15 de enero

Fecha: 15-Ene-1986

1. El Centro Asturiano, recurrente de amparo, solicita en el escrito que ha presentado en el trámite de audiencia previsto en el art. 56 de la LOTC, que se suspenda la ejecución de la Setencia de desahucio dictada por el Juez de Primera Instancia núm. 16 de los de Madrid, en tanto se sustancia el presente proceso constitucional. Tal petición exced...

AUTO 100/1986, de 29 de enero

Fecha: 29-Ene-1986

1. La Ley Orgánica del T.C. establece en su articulo 81 nº 1 que los legitimados para promover un recurso de amparo han de hacerlo representados por Procurador y bajo la dirección de Letrado, sin otra excepción que la de aquéllos que por tener el título de Licenciado en Derecho se presupone que están técnicamente capacitados para dirigir su propia...

AUTO 1000/1986, de 26 de noviembre

Fecha: 26-Nov-1986

Único. - No ha desvirtuado el recurrente en sus alegaciones el juicio preliminar que apuntamos en nuestra Providencia del día 5 de noviembre de 1986 sobre la existencia en su recurso de defectos insubsanables que, de confirmarse, habrían de llevar a la inadmisión de aquél y por ello, por ser ya patentes las omisiones y carencias entonces apuntadas...

AUTO 1001/1986, de 26 de noviembre

Fecha: 26-Nov-1986

1. La sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla impugnada ante esta jurisdicción constitucional por la entidad aseguradora revoca la del Juzgado de Instrucción número 10 de aquella capital y condena a dicha entidad a que preste determinadas indemnizaciones solidariamente con el acusado, sin perjuicio de las acciones civiles que pueda ejercit...

AUTO 1002/1986, de 26 de noviembre

Fecha: 26-Nov-1986

Único. - Este Tribunal tiene reiteradamente declarado que en la ejecución de las resoluciones judiciales se da un interés público que, en el presente caso, concurre con el de los demás interesados en la quiebra. Sin embargo, es obvio que de no paralizarse el curso del procedimiento de quiebra, a la conclusión de éste podría ya haber perdido el amp...

AUTO 1003/1986, de 26 de noviembre

Fecha: 26-Nov-1986

Único. Este Tribunal ha puesto de relieve en numerosas ocasiones que el derecho a la tutela efectiva de los Jueces y Tribunales, reconocido en el art. 24.1 de la Constitución, alcanza también a los recursos legalmente establecidos contra las resoluciones de los órganos judiciales, incluido el recurso de casación, y que, por lo tanto, infringe aque...

AUTO 1004/1986, de 26 de noviembre

Fecha: 26-Nov-1986

Único. - La suspensión de las resoluciones judiciales recurridas se encuentra legalmente condicionada al hecho de que, en caso de no llevarse a cabo la supensión, haya de suponerse que el amparo pretendido perdería su finalidad, lo cual obliga a examinar si tal requisito se cumple o no en el presente caso. Aunque el Fiscal dice que no se opone a l...

AUTO 1005/1986, de 26 de noviembre

Fecha: 26-Nov-1986

Único. - Las diversas violaciones de los derechos consagrados en el artículo 24.1 que los recurrentes imputan a la sentencia del Tribunal Central de Trabajo sólo podrían considerarse verosímiles y susceptibles, por tanto, de dar lugar a la apertura de actuaciones para resolver sobre su efectiva existencia o inexistencia, si la competencia del Trib...

AUTO 1006/1986, de 26 de noviembre

Fecha: 26-Nov-1986

Único. En los argumentos que el recurrente nos ofrece podrán encontrarse, tal vez, razones para dudar de la corrección jurídica en la aplicación que se ha hecho del artículo 526 del Código de Comercio, pero en modo alguno para pensar que se ha podido producir una violación del derecho a la tutela judicial efectiva. Menos aún, claro está, una viola...

AUTO 1007/1986, de 26 de noviembre

Fecha: 26-Nov-1986

1. Como resulta del antecedente tercero, ha quedado subsanado en el trámite de alegaciones la causa de inadmisión regulada por el artículo 50.1.b) de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional en relación con el 49.2.a), quedando acreditada la representación del solicitante de amparo. 2. Por lo que se refiere a la otra causa señalada, basada en e...

AUTO 1008/1986, de 26 de noviembre

Fecha: 26-Nov-1986

Único. - En razón de lo argumentado por la representación del Ayuntamiento de Arta en el presente trámite, puede darse por inexistente la posible causa de inadmisión gue designábamos en primer término. También, en rigor, la que proponíamos en segundo lugar, pues efectivamente, con un criterio antiformalista, puede aceptarse que los fundamentos del...

AUTO 1009/1986, de 26 de noviembre

Fecha: 26-Nov-1986

1. La pretensión que en el recurso quiere hacer se valer carece manifiestamente de contenido constitucionalmente relevante que pudiera hacerla merecedora de conocimiento y fallo, en forma de Sentencia, por este Tribunal (apartado 2.b) del artículo 50 de su Ley Orgánica). Se aprecia, en efecto, que lo expuesto en la demanda para dar razón de la les...

AUTO 101/1986, de 29 de enero

Fecha: 29-Ene-1986

1. El objeto de este Auto consiste en determinar si concurren los motivos de inadmisión previstos en la providencia de 27 de noviembre de 1985, de los que se dio traslado a la parte recurrente y al Ministerio Fiscal para que formulasen las alegaciones que estimasen procedentes y, en consecuencia, hay que valorar si las resoluciones recurridas, es ...

AUTO 1010/1986, de 26 de noviembre

Fecha: 26-Nov-1986

Único. - La indefensión contra la que se nos pide amparo se dice producida, según se recoge en los antecedentes, por la falta de notificación de la sentencia que puso término al pleito laboral en el que el recurrente era demandado, así como del auto de 15 de enero por el que, en trámite de ejecución, se declaró extinguida la relación laboral entre...

AUTO 1011/1986, de 26 de noviembre

Fecha: 26-Nov-1986

Único. La recurrente ha subsanado en el trámite de alegaciones el motivo de inadmisión basado en el artículo 49.2.b) de la Ley Orgánica de este Tribunal, en lo concerniente a la certificación de la resolución recurrida, y de ésta se desprende que la interposición del recurso no fue extemporánea, por lo que no se da el motivo del artículo 50.1.a) e...

AUTO 1012/1986, de 26 de noviembre

Fecha: 26-Nov-1986

Único. - La demanda carece manifiestamente de contenido que justifique una decisión por parte de este Tribunal (artículo 50.2.b) LOTC. Ya hemos afirmado en la Sentencia 124/83 de 21 de diciembre, que no puede hablarse de vulneración de la presunción de inocencia por la existencia de discrepancia en la valoración de la prueba hecha por dos órganos ...

AUTO 1013/1986, de 26 de noviembre

Fecha: 26-Nov-1986

1. Alega, por un lado, la Compañía aseguradora recurrente violación del derecho a la tutela judicial efectiva e indefensión, con infracción del artículo 24.1 de la Constitución, por diversos motivos: a) En primer lugar, a causa de que el auto de 6 de marzo de 1986 supondría la no ejecución de la sentencia de 21 de junio de 1985 y la "desvirtuación...

AUTO 1014/1986, de 26 de noviembre

Fecha: 26-Nov-1986

Único. La demanda de amparo invoca la vulneración de los derechos reconocidos en los arts. 14 y 24 de la C., frente a una sentencia de la Sala Sexta del Tribunal Supremo que desestima el recurso de casación interpuesto contra sentencia de la Magistratura del Trabajo, denegatoria de la pretensión de que se incluyan determinados conceptos salariales...

AUTO 1015/1986, de 26 de noviembre

Fecha: 26-Nov-1986

1. Las vulneraciones de los derechos fundamentales de tutela judicial efectiva y presunción de inocencia que se alegan en la demanda no fueron invocadas en el proceso judicial, desnaturalizándose así la naturaleza subsidiaria que tiene el recurso de amparo, según el art. 44.1.c) de la LOTC. Pretenden los recurrentes negar esta omisión con el argum...