AUTO 1016/1986, de 26 de noviembre

Fecha: 26-Nov-1986

1. El presente recurso de amparo ha de ser declarado inadmisible, a tenor de lo dispuesto en el art. 44.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, en concordancia con lo establecido en el art. 50.1 a) del mismo texto legal al haber sido interpuesto el recurso de amparo fuera de plazo. El solicitante de este amparo pretende que, al no haber ...

AUTO 1017/1986, de 26 de noviembre

Fecha: 26-Nov-1986

1. Pese a las referencias que el recurrente lleva a cabo en algún momento a fases sumariales en las que podría haberse producido indefensión, y pese también a que solicita se retrotraigan las actuaciones al período sumarial «a fin de practicar las pruebas en la forma procesal oportuna», lo cierto es que no precisa en qué momento del sumario pudo h...

AUTO 1019/1986, de 26 de noviembre

Fecha: 26-Nov-1986

1. En primer lugar hay que pronunciarse sobre la advertida falta de invocación en el proceso previo del derecho fundamental vulnerado. Y respecto de ello cabe decir que no existe dato alguno que revele que ante el Juez ordinario se suscitara la cuestión de una eventual vulneración del art. 24.1 de la Constitución por el rechazo de la excepción de ...

AUTO 102/1986, de 29 de enero

Fecha: 29-Ene-1986

1. La presente demanda de amparo es inadmisible por carecer manifiestamente de contenido que justifique una decisión de este Tribunal (artículo 50.2.b) de la L.O.T.C.), sin que las alegaciones en ella formuladas por el recurrente, ni las posteriores efectuadas en el trámite previsto en el artículo 50.1 de la L. O.T. C., desvirtúen esta afirmación....

AUTO 1020/1986, de 26 de noviembre

Fecha: 26-Nov-1986

Único. - A la vista de las alegaciones de las partes no resulta manifiesta la carencia de contenido señalada oportunamente como motivo posible de inadmisión, por lo que procede admitir la presente demanda a trámite, sin perjuicio de lo que resulte de los antecedentes. ...

AUTO 1021/1986, de 26 de noviembre

Fecha: 26-Nov-1986

Único. La presente demanda ha de ser inadmitida por carecer manifiestamente de contenido constitucional [art. 50.2 b) de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional]. En efecto, prescindiendo de otras cuestiones que en el caso se pudieran plantear, la pretensión de la demandante puede resumirse en los términos siguientes: las resolucionesd impugna...

AUTO 1022/1986, de 26 de noviembre

Fecha: 26-Nov-1986

1. Habiendo aportado el recurrente, según le fue requerido, copia de la resolución administrativa que ha dado origen al presente recurso, ha de examinarse ahora si, una vez subsanado este defecto, subsiste o no la causa de inadmisibilidad que se advirtió en nuestra Providencia del día 24 de septiembre, por la posible falta de contenido constitucio...

AUTO 1023/1986, de 26 de noviembre

Fecha: 26-Nov-1986

1. No cabe admitir que la decisión de la Audiencia, en relación con la amplitud del recurso de apelación previsto contra las sentencias dictadas por los jueces de instrucción, vulnere el art. 24.1 CE. El argumento de la demanda en este sentido desconoce dos razones que legitiman la sentencia de la Audiencia. La primera se refiere a la interpretaci...

AUTO 1024/1986, de 27 de noviembre

Fecha: 27-Nov-1986

Único. - La presente cuestión de inconstitucionalidad y las enumeradas en el antecedente segundo aparecen promovidas en relación con el mismo precepto de la Ley 5/1983, de 29 de junio, dándose por lo tanto los presupuestos de conexión objetiva que, de acuerdo con el articulo 83 de la L.O.T.C., permiten su acumulación. ...

AUTO 1025/1986, de 27 de noviembre

Fecha: 27-Nov-1986

Único. - La presente cuestión de inconstitucionalidad y las enumeradas en el antecedente segundo aparecen promovidas en relación con el mismo precepto de la Ley 5/1983, de 29 de junio, dándose por lo tanto los presupuestos de conexión objetiva que, de acuerdo con el artículo 83 de la L.O.T.C., permiten su acumulación. ...

AUTO 1026/1986, de 3 de diciembre

Fecha: 03-Dic-1986

1. El art. 467, párrafo 2.°, del Código Penal, al disponer que «nadie podrá deducir acción de calumnias o injurias causadas en juicio sin previa licencia del Juez o Tribunal que de él conociere» viene a suponer, sin duda, una restricción del derecho, reconocido en el art. 24 de la C.E., a la tutela judicial y a la defensa de los propios intereses,...

AUTO 1027/1986, de 3 de diciembre

Fecha: 03-Dic-1986

1. La Ley Orgánica del Tribunal cosntitucional (LOTC), establece en su art. 81.1 que los legitimados para promover un recurso de amparo han de hacerlo representados por procurador y bajo la dirección de letrado, sin otra excepción que la de aquellos que por tener el título de licenciado en derecho se presume que están técnicamente capacitados para...

AUTO 1028/1986, de 3 de diciembre

Fecha: 03-Dic-1986

Único. - De las actuaciones aparece que el demandante tiene unos ingresos de 94.229 pesetas netas, descontados los tributos fiscales, cuotas mutuales y derechos pasivos,de las que aún podrían descontarse los conceptos de "Huérfanos", "Benéfica", "Sala" y "Revista" mas no los Cargos de Caja, por lo que los ingresos netos se reducirían a 93.283 pese...

AUTO 1029/1986, de 3 de diciembre

Fecha: 03-Dic-1986

1. La demanda de amparo no puede ser admitida ya que en ella concurre la causa manifiesta de contenido constitucional oportunamente invocada. En efecto, aduce el recurrente que fue infringido su derecho a la asistencia de Letrado que le reconoce el artículo 17.3 de la Constitución Española, pues, conducido por la Policía Municipal a la Comisaría p...

AUTO 103/1986, de 29 de enero

Fecha: 29-Ene-1986

1. Contra lo que los recurrentes sugieren al indicar de modo expreso que "afortunadamente, estas cuestiones -las relativas al aprovechamiento de las aguas subterráneas- ya no finalizan en el Juzgado de Primera Instancia", este Tribunal viene poniendo reiteradamente de manifiesto que el recurso de amparo no constituye una tercera instancia judicial...

AUTO 1030/1986, de 3 de diciembre

Fecha: 03-Dic-1986

Único. La presente demanda carece manifiestamente de contenido que justifique una decisión (entiéndase en forma de Sentencia), por parte del Tribunal Constitucional. En efecto, la demanda se dirige, fundamentalmente, contra la aplicación de lo dispuesto en el art. 752 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (L.E.C.), según el cual se recibirá a prueba e...

AUTO 1031/1986, de 3 de diciembre

Fecha: 03-Dic-1986

1. El demandante de amparo ha incumplido el requisito de admisibilidad exigido por el artículo 44.1.c) de la LOTC por la sencilla razón de que la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva en que funda su recurso, de haberse cometido, sería imputable a la sentencia de primera instancia que, a su juicio, aplica retroactivamente la Ley de...

AUTO 1032/1986, de 3 de diciembre

Fecha: 03-Dic-1986

Único. - Los derechos fundamentales que en concreto se dicen violados en la presente demanda son: el derecho a la presunción de inocencia y el derecho a ser informado de la acusación de la que se es objeto, pero en ambos casos las razo nes que se dan para sostener la existencia de la violación jurídica son tan débiles e inconsistentes que obligan ...

AUTO 1033/1986, de 3 de diciembre

Fecha: 03-Dic-1986

1. En cuanto la falta de invocación en el proceso de los derechos fundamentales supuestamente vulnerados, el propio recurrente aduce que se ha formulado una invocación "tácita", al oponer las excepciones procesales. Tal alegación carece de consistencia y no se corresponde con la exigencia reiterada por este Tribunal que se invoque "formalmente" co...

AUTO 1034/1986, de 3 de diciembre

Fecha: 03-Dic-1986

1. A pesar de lo que afirma el recurrente en su escrito de alegaciones, no aparece la copia notarial de poder general para pleitos del que dice ha sido presentado, quedando con ello sin subsanar la causa de inadmisión del artículo 50.1.b) en relación al 49.2.a) de la Ley Orgánica de este Tribunal, señalada en nuestra providencia. 2. Aunque tal fal...