AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1615/2020. 24 DE NOVIEMBRE DE 2021. UNANIMIDAD DE CUATRO VOTOS DE LOS MINISTROS NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ, JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ, JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO Y PRESIDENTA ANA MARGARITA RÍOS FARJAT. AUSENTE:
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1615/2020. 24 DE NOVIEMBRE DE 2021. UNANIMIDAD DE CUATRO VOTOS DE LOS MINISTROS NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ, JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ, JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO Y PRESIDENTA ANA MARGARITA RÍOS FARJAT. AUSENTE:

Fecha: 18-Nov-2022

Viii Destitución E Inhabilitación De Cargos Comisiones O Empleos Públicos

98. Como se aprecia, dicho numeral establece el catálogo de penas que pueden ser impuestas por el juzgador al momento de individualizar éstas, dentro de las que se encuentran las sanciones pecuniarias. A su vez, los numerales 37, 42, 43, 44, 45 y 47 del cuerpo normativo citado, nos indican los rubros que tradicionalmente comprende la reparación del daño. Tales numerales disponen lo siguiente:

"Artículo 37 (Multa, reparación del daño y sanción económica). La sanción pecuniaria comprende la multa, la reparación del daño y la sanción económica."

"Artículo 42 (Alcance de la reparación del daño). La reparación del daño comprende, según la naturaleza del delito de que se trate:

"I. El restablecimiento de las cosas en el estado en que se encontraban antes de cometerse el delito;

"II. La restitución de la cosa obtenida por el delito, incluyendo sus frutos y accesorios y, si no fuese posible, el pago de su valor actualizado. Si se trata de bienes fungibles, el Juez podrá condenar a la entrega de un objeto igual al que fuese materia de delito sin necesidad de recurrir a informe o prueba pericial;

"III. La reparación del daño moral sufrido por la víctima o las personas con derecho a la reparación, incluyendo el pago de los tratamientos curativos que, como consecuencia del delito, sean necesarios para la recuperación de la salud psíquica y física de la víctima;