AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 197/2022. CAROLINA REYES VALENZUELA Y OTROS. 6 DE JULIO DE 2022. CINCO VOTOS DE LAS MINISTRAS NORMA LUCÍA PIÑA HERNÁNDEZ Y ANA MARGARITA RÍOS FARJAT, Y LOS MINISTROS JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ, JORGE MARIO PARDO
Fecha: 02-Dic-2022
Por Todo Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
PRIMERO.—En la materia de la revisión, competencia de esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se confirma la sentencia de amparo recurrida.
SEGUNDO.—La Justicia de la Unión no ampara ni protege a Carolina Reyes Valenzuela (1), Alejandrina Valenzuela Ayala (2), Eleazar Reyes Sánchez (3), Laura Leticia Zaconi García (4), Alejandrina Corrales Campos (5), Lorenza Duarte Álvarez (6), Alma Katina Zaconi García (7), Martha López Elenes (8), María del Rosario Valdez López (9), Martina Álvarez Valenzuela (10), Paulina Verdugo Rosas (11), Rocío Guadalupe Ruiz Muro (12), Mayra Elizabeth Verdugo Camacho (13), Claudia Isela Reyes Sánchez (14), Graciela del Rosario Reyes Sánchez (15), Luis Enrique Verduzco Zaconi (16), Argelia Verduzco Zavala (17), Manuel Antonio Sánchez Valenzuela (18), Miguel Ángel Sandoval Armenta (19), Rosario Marina Castro Soto (20), Matías Carlón Valdez (21), Martina Sánchez Reyes (22), Sarita Irene Bernal Sánchez (23), Alberto Bernal Castro (24), Cristian Alberto Bernal Vargas (25), Eleazar Reyes Verdugo (26), María del Rosario Valdez Escalante (27), Alma Denize Verduzco Valdez (28), Iván Alberto Martínez Armenta (29), Francisco Abraham Verduzco Zavala (30), Silvia Ariel Mendoza Álvarez (31), Alejandra Gaxiola Corrales (32), Rosario Gaxiola Salomón (33) y Nidia Camacho Sánchez (34), contra el acto reclamado al Segundo Tribunal Unitario del Decimosegundo Circuito, con sede en Mazatlán, Sinaloa, consistente en la resolución de veintiséis de febrero de dos mil veintiuno, dictada en el toca de apelación 2/2021, por las razones expuestas en el apartado V de esta ejecutoria.
Notifíquese; con testimonio de esta ejecutoria, devuélvanse los autos al lugar de su origen, y, en su oportunidad, archívese el toca como asunto concluido.
Así lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de cinco votos de la Ministra Norma Lucía Piña Hernández (ponente) y los Ministros Juan Luis González Alcántara Carrancá, Jorge Mario Pardo Rebolledo y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y la Ministra presidenta Ana Margarita Ríos Farjat.
Así lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de cinco votos de la Ministra Norma Lucía Piña Hernández (ponente) y los Ministros Juan Luis González Alcántara Carrancá, Jorge Mario Pardo Rebolledo y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y la Ministra presidenta Ana Margarita Ríos Farjat.
Firman la Ministra presidenta de la Sala y la Ministra ponente, con el secretario de Acuerdos que autoriza y da fe.
Nota: Las tesis de jurisprudencia 2a./J. 20/2020 (10a.), 1a./J. 125/2017 (10a.), 1a./J. 103/2017 (10a.), 1a./J. 90/2017 (10a.), P./J. 9/2016 (10a.), 1a./J. 37/2014 (10a.), 1a./J. 22/2014 (10a.) y 1a./J. 10/2014 (10a.), y aisladas 1a. CCCXIII/2018 (10a.), 1a. CCCLXIX/2015 (10a.) y 1a. XCVII/2015 (10a.) citadas en esta sentencia, también aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación de los viernes 4 de septiembre de 2020 a las 10:13 horas, 1 de diciembre de 2017 a las 10:13 horas, 24 de noviembre de 2017 a las 10:35 horas, 23 de septiembre de 2016 a las 10:32 horas, 16 de mayo de 2014 a las 11:00 horas, 21 de marzo de 2014 a las 11:03 horas, 28 de febrero de 2014 a las 11:02 horas, 7 de diciembre de 2018 a las 10:19 horas, 27 de noviembre de 2015 a las 11:15 horas y 13 de marzo de 2015 a las 9:00 horas, respectivamente.
- Índice Temático
- Antecedentes Y Trámite
- Los Conceptos De Violación Se Hicieron Consistir En Lo Siguiente
- A La Interpretación Del Artículo Del Código Federal De Procedimientos Civiles
- Son Infundados Los Planteamientos Al Respecto
- D Examen De Constitucionalidad Vinculado Con Los Principios De Igualdad Y No Discriminación
- En Consecuencia Negó El Amparo
- I Competencia
- Ii Oportunidad
- Iiilegitimación
- Ivestudio De La Procedencia Del Recurso
- V Estudio De Fondo
- Interpretación Del Artículo Del Código Federal De Procedimientos Civiles
- El Texto De Ese Dispositivo Es El Siguiente
- Adicionado Dof De Agosto De
- Lo Destacado En Negritas Es De Esta Sala
- Lo Destacado Con Negritas Es De Esta Sala
- El Énfasis En Negritas Es De Esta Sala
- Lo Resaltado Es De Esta Sala
- Luego En Las Consideraciones Octava Y Décima Se Dijo
- Reformado Dof De Febrero De
- Reformada Dof De Febrero De
- Reformada Dof De Agosto De
- Reformada Dof De Noviembre De
- Adicionada Dof De Noviembre De
- Reformado Dof De Enero De
- Reformado N De E Este Párrafo Dof De Enero De
- Reformado Dof De Julio De
- Reformado Primer Párrafo Dof De Enero De
- Reformado N De E Adicionado Dof De Enero De
- Adicionado Dof De Febrero De
- Adicionado Dof De Enero De
- Reformado Dof De Diciembre De
- La Prestación Gratuita De Servicios Educativos Por Parte Del Estado
- Del Ejercicio Del Derecho A La Educación
- Iv Gratuita Al Ser Un Servicio Público Garantizado Por El Estado Por Lo Que
- Artículo Garantías Judiciales
- Artículo Protección Judicial
- Los Estados Partes Se Comprometen
- B A Desarrollar Las Posibilidades De Recurso Judicial Y
- Reformado Dof De Junio De
- En El Caso Esta Primera Sala Considera Que La Norma En Examen No Es Discriminatoria
- Vi Decisión
- Por Todo Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- Artículo Procede El Recurso De Revisión
- Adicionado Dof De Septiembre De
- Adicionado Dof De Julio De
- Reformado Primer Párrafo Dof De Agosto De
- Artículo La Comisión Tendrá Las Siguientes Atribuciones
- Reformado Dof De Agosto De
- Artículo Los Jueces De Distrito Civiles Federales Conocerán
- Vi De Las Controversias Ordinarias En Que La Federación Fuere Parte
- Adicionada Dof De Agosto De
- Artículo Son Atribuciones Del Consejo De La Judicatura Federal
- Reformada Dof De Enero De
- M Acción Y Efecto De Consumir Ii Comestibles U Otros Bienes
- Del Lat Mercatus
- M Concurrencia De Gente En Un Mercado El Mercado Se Alborotó
- M Estado Y Evolución De La Oferta Y La Demanda En Un Sector Económico Dado
- Por Citar Algunos Criterios Los Siguientes
- Resuelto El Veinticuatro De Octubre De Dos Mil Catorce
- Ibídem
- Ramsay Iain Consumer Law And Policy Hart Publishing Portland Pág
- Resuelto En Sesión Virtual De Trece De Enero De Dos Mil Veintiuno
- Reformado Primer Párrafo Dof De Mayo De
- Reformado Dof De Mayo De
- Reformado Dof De Marzo De
- Ley General De Educación
- Artículo Son Infracciones De Quienes Prestan Servicios Educativos
- Artículo O El Juicio De Amparo Tiene Por Objeto Resolver Toda Controversia Que Se Suscite
- Artículo O Son Partes En El Juicio De Amparo
- Artículo Los Efectos De La Concesión Del Amparo Serán