Suprema Corte de Justicia de la Nación
CONTRADICCIÓN DE TESIS 8/2021. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL TERCER Y EL QUINTO TRIBUNALES COLEGIADOS EN MATERIA DE TRABAJO, AMBOS DEL TERCER CIRCUITO. 27 DE SEPTIEMBRE DE 2022. MAYORÍA DE CUATRO VOTOS DE LOS MAGISTRADOS JOSÉ LUIS SIERRA LÓPEZ, HÉCTOR
Fecha: 25-Nov-2022
Quintoestudio De Fondo
Este Pleno en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, estima que el criterio que debe prevalecer con el carácter de jurisprudencia, es el que se sustenta en el presente fallo por las consideraciones siguientes.
El artículo 785 de la Ley Federal del Trabajo, vigente a partir del uno de diciembre del año dos mil doce, dispone lo siguiente:
- Antecedentes Del Asunto
- Considerando
- I Criterio Del Quinto Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Tercer Circuito
- El Asunto Tiene Como Antecedentes Los Siguientes
- Deje Insubsistente El Laudo Reclamado
- Los Antecedentes Del Criterio Relacionado Con Ese Asunto Son Los Siguientes
- Séptimoestudio Los Conceptos De Violación Son Infundados
- Por Tanto Si La Parte Interesada No Lo Propuso Es Inconcuso Que Carece De Valor
- Octavoefectos De La Concesión Del Amparo
- Deje Insubsistente El Laudo Reclamado Y
- Ii Criterio Del Tercer Tribunal Colegiado En Materia De Trabajo Del Tercer Circuito
- Los Antecedentes Del Criterio Sustentado Se Resumen A Continuación
- Violaciones Procesales
- Cita En Su Beneficio Los Siguientes Criterios
- Son Parcialmente Fundados Los Resumidos Motivos De Desacuerdo
- Efectos De La Concesión Del Amparo
- El Asunto Tiene Como Antecedentes Del Criterio Sustentado Los Siguientes
- Violaciones Al Procedimiento
- Reformado Dof De Noviembre De
- Reponga El Procedimiento A Fin De Que
- Los Antecedentes Del Criterio Sustentado Son Los Siguientes
- El Artículo De La Ley Federal Del Trabajo En Su Texto Vigente Establece Lo Siguiente
- A Deje Insubsistente El Laudo Reclamado
- Cuartoexistencia De La Contradicción
- Por Lo Que Es Necesario
- En El Amparo Directo
- Lo Anterior Es Así Pues Ambos Tribunales Coinciden
- Por Lo Que El Problema Jurídico A Evaluarse Se Configura Sobre Las Siguientes Interrogantes
- Quintoestudio De Fondo
- Reformado Y Reubicado Dof De Enero De
- Por Lo Antes Expuesto El Pleno En Materia De Trabajo Del Tercer Circuito Resuelve
- Tipo Jurisprudencia