CONTRADICCIÓN DE TESIS 23/2020. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS CUARTO, SEXTO, OCTAVO, DÉCIMO, DÉCIMO PRIMERO, DÉCIMO SEGUNDO, DÉCIMO CUARTO, VIGÉSIMO Y VIGÉSIMO PRIMERO, TODOS EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO. 14 DE
Fecha: 23-Sep-2022
Quintoinformes Rendidos
1) Mediante oficio 96/2020 suscrito el veintisiete de noviembre de dos mil veinte por el Magistrado presidente del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, dicho órgano jurisdiccional informó que únicamente el recurso de revisión RI. 522/2019 tiene relación con el tema de contradicción denunciado, por lo que remitió la ejecutoria relativa a dicho recurso, excluyendo la diversa emitida en el recurso de revisión RI. 324/2019, que también le fue solicitada. Asimismo, informó que el criterio adoptado por el tribunal continúa vigente.
2) Mediante oficio 2527/2022 suscrito el veintidós de febrero de dos mil veintidós por el Magistrado presidente del Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, se informó que el criterio sostenido en el amparo en revisión RI. 3/2020 no ha sido superado.
3) Mediante oficio de cuatro de diciembre de dos mil veinte, el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito informó que no se ha modificado el criterio contenido en el amparo en revisión RI. 314/2019.
4) Mediante oficio de diez de enero de dos mil veintidós, el Décimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito informó que no se ha modificado el criterio contenido en el amparo en revisión RI. 327/2019.
5) Mediante oficio de veintisiete de noviembre de dos mil veinte, el Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito informó que continúa vigente el criterio contenido en el amparo en revisión RI. 328/2019.
6) Mediante oficio de dos de diciembre de dos mil veinte, el Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito informó que continúa vigente el criterio contenido en el amparo en revisión RI. 33/2019.
7) Mediante oficio de dieciocho de febrero de dos mil veintiuno, el Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito informó que continúa vigente el criterio contenido en el amparo en revisión RI. 510/2019.
8) Mediante oficio de siete de enero de dos mil veintidós, el Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito informó que continúa vigente el criterio contenido en el amparo en revisión RI. 344/2019.
9) Mediante oficio de siete de enero de dos mil veintidós, el Vigésimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito informó que continúa vigente el criterio contenido en el amparo en revisión RI. 373/2019.
- Primerodenuncia De Contradicción De Tesis
- Segundoadmisión
- Tercerosuspensión De Actividades
- Cuartoinforme De La Suprema Corte De Justicia De La Nación
- Quintoinformes Rendidos
- Sextoturno
- Primerocompetencia
- Segundolegitimación
- Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
- Ley De Amparo
- Tercerotema De Contradicción
- Cuartocriterios Contendientes
- Se Transcribe Disposición
- Consecuencias Del Fallo
- En Esas Condiciones El Criterio Que Invoca El Recurrente No Es Aplicable Al Caso En Estudio
- Consecuentemente Es Ineficaz El Argumento A Estudio
- En Esa Virtud Lo Procedente Es Que Subsista La Negativa De La Suspensión Solicitada
- Sextoestudio La Recurrente En Sus Dos Agravios Formula En Síntesis Los Argumentos Siguientes
- Son Esencialmente Fundados Los Agravios Hechos Valer
- Interés Suspensional
- Artículo El Titular De La Constancia De Registro Deberá Cumplir Con Lo Siguiente
- A Recibir Pagos En Efectivo
- Sextoestudio De Agravios
- Los Anteriores Motivos De Disenso Son Infundados Por Lo Siguiente
- Se Transcribe Tesis
- Sextopara Una Mejor Comprensión Del Asunto Es Pertinente Resaltar Los Antecedentes Siguientes
- Séptimoen El Presente Recurso De Revisión Se Formularon En Síntesis Los Agravios Siguientes
- Quintoconfiguración De La Contradicción De Tesis
- Sextoinexistencia De La Contradicción
- Séptimoexistencia De La Contradicción De Tesis
- Similitud De Presupuestos Fácticos
- Divergencia De Posturas
- Octavocriterio Que Debe Prevalecer
- La Suspensión Se Tramitará En Incidente Por Separado Y Por Duplicado
- Iii Se Permita La Consumación O Continuación De Delitos O De Sus Efectos
- Vi Se Impida La Ejecución De Campañas Contra El Alcoholismo Y La Drogadicción
- Ix Se Impida El Pago De Alimentos
- Explicó Que En La Jurisprudencia Transcrita Se Determinó Lo Siguiente
- I El Servicio De Transporte De Personas
- Ii Las Empresas De Redes De Transporte Basadas En Aplicaciones Móviles Ert
- Las Ert Han Adoptado Dos Formas Distintas
- C Arrojar Una Tarifa Dinámica De Acuerdo A Las Condiciones De Oferta Y Demanda En Tiempo Real
- Iii La Experiencia Internacional Y Las Ert
- A Corrección De Fallas De Mercado
- B Nuevas Alternativas Y Bienestar Del Consumidor
- C Innovación
- D Eficiencias Derivadas Del Uso De Una Red
- De La Opinión Anterior Se Extraen Las Siguientes Premisas
- Artículo Restricciones De Operación
- Iv Hacer Base O Sitio
- Análisis Del Quinto Concepto De Invalidez Prohibición De Pago En Efectivo
- Regulación
- Funcionamiento
- Prohibición De Pago En Efectivo
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se