CONTRADICCIÓN DE TESIS 23/2020. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS CUARTO, SEXTO, OCTAVO, DÉCIMO, DÉCIMO PRIMERO, DÉCIMO SEGUNDO, DÉCIMO CUARTO, VIGÉSIMO Y VIGÉSIMO PRIMERO, TODOS EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO. 14 DE
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE TESIS 23/2020. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS CUARTO, SEXTO, OCTAVO, DÉCIMO, DÉCIMO PRIMERO, DÉCIMO SEGUNDO, DÉCIMO CUARTO, VIGÉSIMO Y VIGÉSIMO PRIMERO, TODOS EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO. 14 DE

Fecha: 23-Sep-2022

Quintoinformes Rendidos

1) Mediante oficio 96/2020 suscrito el veintisiete de noviembre de dos mil veinte por el Magistrado presidente del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, dicho órgano jurisdiccional informó que únicamente el recurso de revisión RI. 522/2019 tiene relación con el tema de contradicción denunciado, por lo que remitió la ejecutoria relativa a dicho recurso, excluyendo la diversa emitida en el recurso de revisión RI. 324/2019, que también le fue solicitada. Asimismo, informó que el criterio adoptado por el tribunal continúa vigente.

2) Mediante oficio 2527/2022 suscrito el veintidós de febrero de dos mil veintidós por el Magistrado presidente del Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, se informó que el criterio sostenido en el amparo en revisión RI. 3/2020 no ha sido superado.

3) Mediante oficio de cuatro de diciembre de dos mil veinte, el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito informó que no se ha modificado el criterio contenido en el amparo en revisión RI. 314/2019.

4) Mediante oficio de diez de enero de dos mil veintidós, el Décimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito informó que no se ha modificado el criterio contenido en el amparo en revisión RI. 327/2019.

5) Mediante oficio de veintisiete de noviembre de dos mil veinte, el Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito informó que continúa vigente el criterio contenido en el amparo en revisión RI. 328/2019.

6) Mediante oficio de dos de diciembre de dos mil veinte, el Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito informó que continúa vigente el criterio contenido en el amparo en revisión RI. 33/2019.

7) Mediante oficio de dieciocho de febrero de dos mil veintiuno, el Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito informó que continúa vigente el criterio contenido en el amparo en revisión RI. 510/2019.

8) Mediante oficio de siete de enero de dos mil veintidós, el Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito informó que continúa vigente el criterio contenido en el amparo en revisión RI. 344/2019.

9) Mediante oficio de siete de enero de dos mil veintidós, el Vigésimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito informó que continúa vigente el criterio contenido en el amparo en revisión RI. 373/2019.