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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 48/2001
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 48/2001

    Fecha: 19-Jun-2001

    CONSIDERANDO II

    Que el recurso es admitido mediante Auto Constitucional Nº 031/2001-CA de 6 de febrero de 2001, que cursa de fs. 38 a 39, habiéndose citado a la autoridad recurrida mediante provisión citatoria, conforme consta de fs. 41 a 48 de obrados, la que se apersona y responde por memorial de fs. 51 a 53 vta., donde expresa:

    • CONSIDERANDO I
    • I.1.
    • I.2.
    • I.3.
    • I.4.
    • I.5.
    • CONSIDERANDO II
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • IV.I.
    • IV.2.
    • IV.3.
    • IV.4.
    • IV.5.
    • V.1.
    • V.2.
    • V.3.
    • V.4.
    • V.5.
    • V.6.
    • CONSIDERANDO VI

    Otros enlaces de interés:

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