SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 48/2001
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 48/2001

Fecha: 19-Jun-2001

IV.5.

IV.5.  Que, en consecuencia, los arts. 1º y 4º de ninguna manera son contradictorios entre sí o con los arts. 62-3ª y  66-1ª de la Constitución Política del Estado, pues establecen de manera clara y congruente la naturaleza estrictamente penal del juicio de responsabilidad contra los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia también aplicable a los Magistrados del Tribunal Constitucional, Consejeros de la Judicatura y Fiscal General de la República.