SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 055/01
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 055/01

Fecha: 16-Jul-2001

I.4

I.4     El art. 142 de la Constitución Política del Estado ratifica la prohibición de monopolios privados dispuesta por el art. 134, pudiendo  el Poder Ejecutivo, en forma excepcional, establecer monopolios fiscales, que deben limitarse a determinadas exportaciones , con aprobación del Congreso y únicamente cuando así el país lo requiera.  De manera concordante, el art. 30 de la Ley Fundamental establece la prohibición a los poderes públicos de delegar las facultades que les confiere la Constitución, pero mediante el art. 31 de la Ley No. 1632, el Estado “pretende delegar las facultades de exclusividad  que poseía por ser el Estado mismo” respecto de los Servicios de  Telefonía de Larga Distancia Nacional e Internacional.