SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 055/01
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 055/01

Fecha: 16-Jul-2001

I.6

I.6     Los arts. 15, 16 y 17 de la Ley No. 1600 del Sistema de Regulación Sectorial  también  han sido vulnerados por las normas impugnadas porque disponen que  las entidades que realicen actividades en el sector de telecomunicaciones  adecuarán sus actividades a principios que  garanticen la libre competencia, evitando actos que la impidan, restrinjan o distorsionen;  prohíbe a las empresas de ese sector a participar en contratos que tiendan a tales actos, así como también prohíbe prácticas abusivas a las empresas capitalizadas. Asimismo, las Superintendencias Sectoriales tienen como atribución fundamental promover la competencia y la eficiencia de las actividades de los sectores regulados por el SIRESE.