SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 055/01
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 055/01

Fecha: 16-Jul-2001

V.3

V.3    El servicio público es toda actividad de la Administración Pública, o de los administrados o particulares, que tienda a satisfacer necesidades o intereses de carácter general, cuya índole  o gravitación, en el supuesto de actividades de los particulares o administrados, requiera el control de la autoridad estatalEl servicio público puede ser prestado por el mismo Estado en forma directa, o de manera indirecta a través de una entidad autárquica o de  concesionarios, independientemente de la forma de su constitución -ya que puede tratarse de  una persona privada física o jurídica, sociedad anónima, cooperativa u otra-  en tal caso se está frente al denominado “servicio público propio”; y, en el caso de que sea prestado por los particulares  o administrados, se  denomina servicio público “impropio”.