SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 055/01
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 055/01

Fecha: 16-Jul-2001

V.7

V.7    El art. 32 de la Ley No. 1632 tampoco es contrario a la Ley Fundamental, pues se limita a  fijar el plazo de  la concesión del Servicio de Larga Distancia Nacional e Internacional,  determinando que la conversión de ENTEL  como efecto de la capitalización no implicará  la alteración de derechos y obligaciones, sino que se considerará como  una reorganización de la empresa, aspectos que no  encierran ninguna violación al orden constitucional,  ya que de acuerdo a lo analizado, la concesión puede otorgarse a  una persona ajena al Estado sin  que sea relevante la forma en que se encuentre constituida.