SENTENCIA CONSTITUCIONAL 87/2002
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 87/2002

Fecha: 14-Oct-2002

I.3.1.

I.3.1.   Administradas las Campañas Nacionales de Prevención de Enfermedades por el Ministerio de Salud y Previsión Social, se ha demandado a la Caja de Salud de la Banca Privada en el Juzgado Segundo del Trabajo y Seguridad Social, cumplir el pago de las obligaciones establecidas en las Leyes 1928 y 2042, de acuerdo a las regulaciones del procedimiento coactivo social y no del proceso contencioso tributario,  porque las  normas impugnadas por los recurrentes se encuadran al marco del Código de Seguridad Social, su Decreto Reglamentario y  disposiciones complementarias y conexas.