SENTENCIA CONSTITUCIONAL 87/2002
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 87/2002

Fecha: 14-Oct-2002

III.1.

III.1.   El recurso contra tributos y otras cargas públicas, al tenor del art. 68 de la  Ley del Tribunal Constitucional (LTC), procede contra toda disposición legal que cree, modifique o suprima un tributo, impuesto, tasa, patente, derecho o contribución de cualquier clase o naturaleza, que hubiere sido establecida sin observar las disposiciones de la Constitución Política del Estado. En el caso concreto, se cuestiona la constitucionalidad de los artículos 33 de la Ley 1928, del Presupuesto General de la Nación y 27 de la Ley 2042, de Administración Presupuestaria al considerar que son “impuestos disfrazados” y, por ende, contrarios a los arts. 7-k), 26, 27, 158 y 164 CPE. En ese mérito, corresponde examinar si existe vulneración a la Ley Fundamental del país en las normas aludidas, por parte de las disposiciones legales objetadas.