SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1404/2002-R
Fecha: 18-Nov-2002
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En la demanda presentada el 2 de octubre de 2002 (fs. 16-23), las recurrentes expresan que se enteraron que Willman Viera Cuellar representado por Angel Jaime Hannover Saavedra les siguió un proceso penal por falsedad ideológica y otros, en su rebeldía, sin que jamás hubieran tenido conocimiento del juicio y menos hubieran ejercitado su derecho a defensa; proceso que cuenta actualmente con una sentencia condenatoria ejecutoriada.
Esta causa tiene su origen en la denuncia presentada por la ahora recurrente, Maruja I. vda. de Zúñiga contra otra de las co-recurrentes Janete Kennedy Sillerico; denuncia que luego fue abandonada, pero que Wilman Viera Cuellar y Ángel Jaime Hannover Saavedra, a sus espaldas, la continuaron y ampliaron contra la propia denunciante, así como contra Alex Guido Zúñiga Gonzáles y María Petronila Piza de Zúñiga, dando lugar a una irregular e incompleta tramitación de las diligencias de policía judicial, sobre cuya base se dictó el auto inicial de la instrucción, sin que exista querella ni requerimiento. Además, se procedió a la anotación preventiva del bien inmueble donde tienen su domicilio, ubicado en la Av. Alemana de la ciudad de Santa Cruz, de propiedad de Alex Guido Zúñiga Gonzales y María Petronila Piza de Zúñiga.
Dictada la sentencia condenatoria, el 13 de agosto de 2002, aprehendieron a Alex Guido Zúñiga y lo trasladaron a la ciudad de La Paz, sin que hasta la fecha se conozca su paradero, ya que no se encuentra en el penal de San Pedro, habiéndoles informado el custodio del detenido, que se hubiera dado a la fuga. Asimismo, Janete Kennedy fue fácilmente aprehendida y se encuentra detenida en el Centro de Orientación Femenina, encontrándose perseguidas María Petronila Piza de Zúñiga y Maruja Ibis vda. de Zúñiga. Ahora bien, el abogado Hannover, que ya no es apoderado de Wilman Viera desde el 26 de agosto de 2002 cual consta en la revocatoria de poder, ingresó con otras personas al inmueble de la Sra. Kennedy, ocupando actualmente esa casa Oscar Gómez, ahora también recurrido.
- hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.1.3. Autoridad o persona recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de los recurridos
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9. En la etapa del plenario
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- III.7.
- III.8.
- se tendrá por no existente e igualmente el procedimiento que la hubiere declarado”
- no ha sido juzgada en proceso legal.
- haber sido oído y juzgado en proceso legal;
- III.9.
- III.10.
- 1. REVOCAR EN PARTE