SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1404/2002-R
Fecha: 18-Nov-2002
III.3.
III.3. Por otra parte, la presente acción también se encuentra dirigida contra el abogado Angel Jaime Hannover por haber iniciado y tramitado el proceso penal reclamado, además de haber detenido supuestamente a Alex Guido Zúñiga para coaccionarlo. Al respecto cabe aclarar que en estricta observancia de los arts. 18 de la Constitución Política del Estado (CPE) y 89 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), así como de la uniforme jurisprudencia sentada por este Tribunal en las SSCC 156/2000-R, 329/2002-R, 372/2002, entre otras, el recurso de hábeas corpus sólo procede contra los actos de personas investidas de autoridad, cualquiera que ésta sea, y no contra personas particulares. En consecuencia, las pretendidas actuaciones ilegales de Angel Jaime Hannover Saavedra no se encuentran dentro del ámbito de protección del presente Recurso, determinando este hecho la Improcedencia del mismo respecto a su persona, sin perjuicio de que las recurrentes acudan a las vías legales pertinentes en defensa de sus derechos.
- hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.1.3. Autoridad o persona recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de los recurridos
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9. En la etapa del plenario
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- III.7.
- III.8.
- se tendrá por no existente e igualmente el procedimiento que la hubiere declarado”
- no ha sido juzgada en proceso legal.
- haber sido oído y juzgado en proceso legal;
- III.9.
- III.10.
- 1. REVOCAR EN PARTE