Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1404/2002-R
Fecha: 18-Nov-2002
II.1.
II.1. El 6 de noviembre de 1997, Maruja Ibis Gonzáles Vda. de Zúñiga sienta denuncia en la PTJ de El Alto, contra Janete Lourdes Kennedy por la supuesta comisión del delito de despojo de un lote de terreno de 300 mts2., señalando su domicilio en calle Miguel de Cervantes No. 2860 zona de Sopocachi, es así que la denunciada, el 13 de noviembre de 1997 presta su declaración informativa en la PTJ señalando su domicilio en la Avenida del Policía No. 107, declaración en la que refiere que Alex Guido Zúñiga Gonzáles y su esposa María Petronila Piza de Zúñiga viven en la ciudad de Santa Cruz (fs. 51-54, 72).
- hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.1.3. Autoridad o persona recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de los recurridos
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9. En la etapa del plenario
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- III.7.
- III.8.
- se tendrá por no existente e igualmente el procedimiento que la hubiere declarado”
- no ha sido juzgada en proceso legal.
- haber sido oído y juzgado en proceso legal;
- III.9.
- III.10.
- 1. REVOCAR EN PARTE