SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1404/2002-R
Fecha: 18-Nov-2002
II.6.
II.6. Expedidos los mandamientos de comparendo para que presten su indagatoria , el Oficial de Diligencias representa que los imputados esposos Zúñiga no fueron habidos en su domicilio de calle 17 s/n de Villa Alemana de la ciudad de La Paz, sin tomar en cuenta que tal domicilio señalado en las Cédulas de Identidad corresponden a la ciudad de Santa Cruz. Asimismo representa que la imputada Maruja Ibis Gonzáles Vda. de Zúñiga, fue buscada en el domicilio Miguel de Cervantes No. 2869 de la zona de Sopocachi, donde no pudo ser habida, teniendo noticias que se encontraría en las ciudades de Santa Cruz o Cochabamba. Lo propio ocurre con la coimputada Kennedy, a quien dice haber buscado en la Avenida del Policía No. 107 donde no pudo ser habida.(fs. 120-123).
- hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.1.3. Autoridad o persona recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de los recurridos
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9. En la etapa del plenario
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- III.7.
- III.8.
- se tendrá por no existente e igualmente el procedimiento que la hubiere declarado”
- no ha sido juzgada en proceso legal.
- haber sido oído y juzgado en proceso legal;
- III.9.
- III.10.
- 1. REVOCAR EN PARTE