SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1404/2002-R
Fecha: 18-Nov-2002
III.5.
III.5. Que, además de las irregularidades cometidas durante la investigación, en la fase del sumario, el oficial de diligencias representa que buscó a los imputados, esposos Zúñiga, con el mandamiento de comparendo en la calle 17 s/n de Villa Alemana en la ciudad de La Paz, sin tomar en cuenta que ese domicilio se encuentra en la ciudad de Santa Cruz, de acuerdo las Cédulas de Identidad de los imputados, incurriendo en la nulidad prevista en el art. 102.2) CPP.1972. Asimismo, tanto la representación efectuada en el sentido de que la imputada Maruja Ibis Gonzáles vda. de Zúñiga no pudo ser habida en su domicilio, como la realizada con relación a la coimputada Kennedy a quien supuestamente se la buscó en la Avenida del Policía Nº 107 sin haberla encontrado, no cumplen con las formalidades exigidas por ley, ya que posteriormente no fueron citadas mediante cédula, como lo disponen los arts. 121 CPC, con relación al 99 CPP.1972.
- hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.1.3. Autoridad o persona recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de los recurridos
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9. En la etapa del plenario
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- III.7.
- III.8.
- se tendrá por no existente e igualmente el procedimiento que la hubiere declarado”
- no ha sido juzgada en proceso legal.
- haber sido oído y juzgado en proceso legal;
- III.9.
- III.10.
- 1. REVOCAR EN PARTE