SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1733/2003 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1733/2003 - R

Fecha: 27-Nov-2003

(fs.12.182)

Por decreto de 4 de noviembre de 2003, (fs.12.182) la Comisión de Admisión se encontró impedida de reanudar el computo del plazo por encontrarse el Magistrado Relator de viaje en misión oficial, por lo que mediante decreto de 10 de noviembre de 2003, dicha Comisión (fs. 12.185), remite a despacho del Magistrado Relator la documentación solicitada, disponiéndose la reanudación del cómputo; siendo el nuevo vencimiento el 19 de noviembre de 2003, empero, este Tribunal mediante Acuerdo Jurisdiccional  138/03 de 19 de noviembre de 2003, (fs. 12.188) amplió el plazo procesal para resolver el mismo hasta el 3 de diciembre de 2003; empero, por Auto Constitucional 572/2003- CA de 24 de noviembre del presente año (fs. 12.191), se requirió a la Comisión de Admisión solicite informe a la Secretaria de Cámara de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, suspendiéndose el cómputo del plazo; remitida la documentación solicitada, se reanudó el mismo por decreto de 26 de noviembre (fs. 12.198),  siendo la fecha de nuevo vencimiento el 4 de diciembre de 2003; por lo que la presente Sentencia es dictada dentro del plazo establecido por Ley.