SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1733/2003 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1733/2003 - R

Fecha: 27-Nov-2003

III.7

III.7 Con relación a la inocencia que alega el recurrente, cabe señalar que este Tribunal ha establecido en su jurisprudencia que no tiene competencia para dilucidar sobre la autoría del hecho punible que se imputa y menos para determinar sobre la responsabilidad o no del imputado, así entre otros fallos, se ha dictado la SC 287/2003-R de 11 de marzo, cuyos fundamentos establecen: (...) cabe señalar que este Tribunal, en invariable y reiterada jurisprudencia, ha establecido que la jurisdicción constitucional no tiene competencia para definir sobre la concurrencia o no de elementos constitutivos de un tipo penal en investigación, por lo mismo, no puede analizar las pruebas dentro de un proceso penal y menos dejar sin efecto una sentencia sea ésta condenatoria, absolutoria o declarativa de inocencia e implícitamente declarar la culpabilidad o inocencia del procesado, dado que esta compulsa corresponde exclusivamente a la jurisdicción ordinaria, cuyos jueces, conforme a la atribución que les confiere la Constitución, de manera general, y las leyes, de manera específica, respetando estrictamente el procedimiento aplicable, los derechos y garantías constitucionales, deben examinar todo cuanto sea presentado durante el proceso y finalmente emitir su criterio razonado y justo.”