SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0026/2003
Fecha: 25-Mar-2003
(fs. 91)
Que por Auto Constitucional 074/2003-CA de 14 de febrero, con la facultad conferida por el art. 45 LTC, la Comisión de Admisión a solicitud del Magistrado Relator dispuso que Carlos Mesa Quisbert, Presidente del H. Congreso Nacional remita en el plazo de 48 horas documentación adicional, suspendiendo el plazo establecido en el art. 57-II LTC hasta que se cumpla con lo dispuesto. (fs. 91).
Que, por decreto de 25 de febrero de 2003, la Comisión de Admisión de este Tribunal, remite a despacho del Magistrado Relator la documentación solicitada, disponiéndose la reanudación del cómputo del plazo, cuyo nuevo vencimiento es el 27 de marzo de 2003; por lo que la presente Sentencia es dictada dentro del plazo establecido por Ley.
- Magistrado Relator:
- I.1. Contenido del recurso.
- I.2 Admisión y citaciones.
- I.3 Alegatos del órgano que generó la norma impugnada.
- (fs. 91)
- Artículo 8º. (Inversión).
- Artículo 9º (Fondos de Capitalización Colectiva).
- Artículo 12º. (Valoración de las Acciones de las Empresas Capitalizadas).
- Artículo 13º. (Redención de Cuotas).
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- I
- cuenta individual
- III.3
- negocio jurídico indirecto y fiduciario en virtud del cual la institución fiduciaria adquiere la propiedad de ciertos bienes que le transmite el fideicomitente, con obligación de dedicarlos a un fin convenido
- III.4
- III.4.1
- III.4.2
- III.4.3
- III.4.4
- III.4.5
- III.4.6
- III.5.1
- III.5.2
- III.5.3
- CONSTITUCIONALIDAD