SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0026/2003
Fecha: 25-Mar-2003
III.3
III.3 Que, en cumplimiento de la Ley 1544 de Capitalización, así como los Decretos Supremos 23985 de 30-03-95, 24076 de 24-07-95, 24585 de 29-04-97, 24640 de 04-06-97, 24666 de 21-06-97, 24667 de 21-06-97 y 24700 de 07-07-97, el Gobierno de la República de Bolivia ha transferido el derecho propietario de las acciones del Estado provenientes de las empresas capitalizadas en favor de los bolivianos y bolivianas referidos en el art. 6 de la Ley 1544, con un destino específicamente definido por la Ley 1732 como es el pago de anualidad vitalicia denominada BONOSOL. A efecto de garantizar que las acciones transferidas beneficien a los bolivianos y bolivianas en la forma establecida por Ley, el Gobierno de Bolivia ha constituido en contrato de Fideicomiso (trust) la totalidad de las acciones transferidas con las Administradoras de Fondos de Pensiones.
- Magistrado Relator:
- I.1. Contenido del recurso.
- I.2 Admisión y citaciones.
- I.3 Alegatos del órgano que generó la norma impugnada.
- (fs. 91)
- Artículo 8º. (Inversión).
- Artículo 9º (Fondos de Capitalización Colectiva).
- Artículo 12º. (Valoración de las Acciones de las Empresas Capitalizadas).
- Artículo 13º. (Redención de Cuotas).
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- I
- cuenta individual
- III.3
- negocio jurídico indirecto y fiduciario en virtud del cual la institución fiduciaria adquiere la propiedad de ciertos bienes que le transmite el fideicomitente, con obligación de dedicarlos a un fin convenido
- III.4
- III.4.1
- III.4.2
- III.4.3
- III.4.4
- III.4.5
- III.4.6
- III.5.1
- III.5.2
- III.5.3
- CONSTITUCIONALIDAD