SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0026/2003
Fecha: 25-Mar-2003
III.1
III.1 Que, con carácter previo al análisis de fondo de la problemática planteada en el presente recurso, cabe recordar que el recurso directo o abstracto de Inconstitucionalidad tiene por objetivo la verificación de la compatibilidad o incompatibilidad de las disposiciones o normas legales impugnadas con los principios, declaraciones, preceptos y normas de la Constitución. En consecuencia este Tribunal Constitucional realizará una contrastación objetiva de ambas disposiciones y normas para establecer si efectivamente se produce la colisión de aquellas con éstas, reduciéndose su labor a definir si las disposiciones y normas legales impugnadas se ajustan y son conformes a la Constitución o por el contrario son contrarias a ella.
- Magistrado Relator:
- I.1. Contenido del recurso.
- I.2 Admisión y citaciones.
- I.3 Alegatos del órgano que generó la norma impugnada.
- (fs. 91)
- Artículo 8º. (Inversión).
- Artículo 9º (Fondos de Capitalización Colectiva).
- Artículo 12º. (Valoración de las Acciones de las Empresas Capitalizadas).
- Artículo 13º. (Redención de Cuotas).
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- I
- cuenta individual
- III.3
- negocio jurídico indirecto y fiduciario en virtud del cual la institución fiduciaria adquiere la propiedad de ciertos bienes que le transmite el fideicomitente, con obligación de dedicarlos a un fin convenido
- III.4
- III.4.1
- III.4.2
- III.4.3
- III.4.4
- III.4.5
- III.4.6
- III.5.1
- III.5.2
- III.5.3
- CONSTITUCIONALIDAD