SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0847/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0847/2004-R

Fecha: 02-Jun-2004

II.2.

II.2.  Con las facultades de los citados poderes, el 20 de diciembre de 2000, Avelino Wilson Murillo Salvatierra y Jaime Chávez Guillen en representación de Juvenal Colque Ríos y otros, presentaron demanda contra la citada empresa señalando que era representada por sus gerentes entre los que nombraron al representado del recurrente, citando como domicilio legal de los mismos la calle Madrid 391 entre Colón y América (fs. 60-64). Esta demanda fue admitida por la Jueza de Partido Primero del Trabajo y Seguridad Social por Auto de 7 marzo de 2001 (fs. 68 vta.-69), la que fue citada por cédula en “su domicilio conocido”, luego de que la Jueza así lo ordenara ante la representación del Oficial de Diligencias en sentido de que la propietaria del inmueble que se citó como domicilio de la empresa indicara que ésta había desocupado hacía 5 meses, pero hasta la fecha no le habían hecho entrega del mismo (fs. 71, 73, 74).