SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0847/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0847/2004-R

Fecha: 02-Jun-2004

II.4.

II.4.  Por memorial presentado el 30 de enero de 2002, los demandantes cumplieron lo ordenado ratificando su demanda contra la empresa indicando que estaba representada entre otros, por el representado del recurrente, señalando además que a esa fecha desconocían el domicilio de la empresa por lo que solicitaron sean citados por edicto. Ante este memorial, el Juez recurrido decretó el 31 de enero de “2.001” (sic.), dando por admitida la demanda y reconocida la personería de los demandantes como también la de los representantes de la empresa demandada, a quienes ordenó se les cite mediante edicto de conformidad al art. 77 del CPT (fs.124-125). Para el cumplimiento de este actuado, el demandante Avelino Wilson Murillo Salvatierra, prestó juramento indicando desconocer el domicilio de los demandados citando también el nombre del representado del recurrente (fs. 127).