Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0847/2004-R
Fecha: 02-Jun-2004
II.8.
II.8. El 25 de junio de 2003, el Juez recurrido ordenó se retenga en las entidades financieras del país, la suma de Bs206.245.88 de las cuentas de la empresa demandada (fs. 223 vta.); y el 8 de septiembre de 2003, dispuso se libren mandamientos de apremio contra el representado del recurrente y otro hasta que cancelen la suma referida, lo que se cumplió el 2 de octubre del mismo año, emitiéndose los mandamientos también por esa suma, pero al ser representando el expedido contra el representado, el 15 de enero de 2004, se ordenó otro con facultad de allanamiento y habilitación de días y horas inhábiles (fs. 262, 272, 284 vta.).