SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1180/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1180/2006-R

Fecha: 24-Nov-2006

II.9.

II.9.    Por Auto de Vista 79/2005, de 16 de febrero (fs. 807 a 808 vta.), la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz -integrada por los Vocales correcurridos- declaró improcedentes las cuestiones planteadas en el recurso de apelación, confirmando la Sentencia apelada con la aclaración y complementación que los imputados eran absueltos de pena y culpa por los delitos de estafa, estelionato, falsedad material, falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado, con los siguientes argumentos: i) se desarrolló el juicio oral conforme al procedimiento establecido; habiendo el Tribunal a quo aplicado correctamente las normas procesales, además que para el pronunciamiento de la Sentencia se vio que la prueba legal está conforme a lo previsto por los arts. 13 y 167 del CPP; ii) en lo referente a las previsiones de los arts. 37, 38 y 40 del CP, fueron correctamente aplicadas para la imposición de la pena a cada imputado, tomando en cuenta el grado de responsabilidad y participación en la comisión del ilícito; iii) se incurrió en una omisión con referencia a los otros delitos acusados que no fueron mencionados en la parte dispositiva, la misma que sin embargo puede ser subsanada ya que no afectan al fondo de la Sentencia; iv) el Tribunal a quo procedió correctamente conforme a la ley y a los datos del proceso, sin que los argumentos esgrimidos en la apelación tengan asidero legal; y v) no se presentan en la Sentencia apelada los defectos previstos en los arts. 169 y 370 del CPP, por lo que no amerita una reposición del juicio, conforme se pretende. Por Auto de 24 de marzo de 2005 (fs. 814 y vta.), el Tribunal ad quem, desestimó la solicitud de explicación y aclaración. Por memorial presentado el 23 de abril de 2005 (fs. 832 a 840 vta.), la parte recurrente interpuso recurso de casación.