SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0354/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0354/2007-R

Fecha: 07-May-2007

II.7.

II.7.    En la audiencia de 14 de mayo de 2002, el recurrente y Rufina Blacutt de Poma fueron declarados rebeldes y contumaces a la ley, disponiéndose su juzgamiento en rebeldía, nombrando abogado Defensor de Oficio a Flavio Aruquipa (fs. 46 doc. comp.), disponiendo que el Auto sea publicado en un medio de prensa de circulación nacional (fs. 47 de la documentación complementaria). Ante la ausencia del abogado Defensor de Oficio en la audiencia de apertura y vista de la causa de 21 de agosto de 2002, el Juez nombró Defensora de Oficio a Yenny Larrea, para que asista alternativamente a los imputados (fs. 52 de la documentación complementaria), quien a su vez no concurrió a las audiencias fijadas, por lo que en la audiencia de 30 de septiembre de 2002, el Juez nombró Defensor de Oficio a Jimmy Plaza Corico (fs. 58 de la documentación complementaria), quien, por memorial de 25 de octubre de 2002, se apersonó ante el Juez Segundo de Partido en lo Penal, señalando domicilio en calle Yanacocha, edificio Arco Iris, piso tercero, oficina 309-A (fs. 60 de la documentación complementación).