SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1608/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1608/2010-R

Fecha: 15-Oct-2010

III.3.De la supuesta identidad de sujetos, objeto y causa alegada por el tercero interesado

         Al respecto, se advierte que si bien resulta ser evidente que los accionantes presentaron un anterior recurso de amparo constitucional contra las mismas autoridades ahora demandadas, en esa oportunidad impugnaron el Auto de 11 de mayo de 2007, emitido en casación por los Vocales demandados, alegando que en el mismo se habría hecho un cómputo erróneo respecto al plazo para la presentación de dicho recurso, lo que conllevó la declaratoria de improcedencia respecto a Nicolás Rocha Siles y que se lo declare infundado en relación a la otra coaccionante; acción tutelar que considerada fue concedida por el Tribunal de garantías, emitiendo este Tribunal en revisión, la SC 1495/2010-R de 13 de octubre, aprobando dicha Resolución, con el argumento de haberse advertido que las autoridades demandadas, en un cálculo indebido entre la notificación y la presentación del recurso de casación, incurrieron en error, evidenciándose que el mismo fue planteado dentro de plazo. A consecuencia de la concesión de la tutela dispuesta en el primer recurso de amparo, los Vocales demandados, emitieron el Auto 520 de 21 de noviembre de 2007, declarando infundado el recurso respecto a ambos accionantes, Resolución que es ahora impugnada mediante el presente recurso.

         De lo expresado se advierte, que en el primer amparo se demandó la declaratoria de improcedencia del recurso de casación, por haber sido planteado supuestamente fuera de plazo, aspecto desvirtuado en la SC 1495/2010-R; y si bien se impugnaron también los actos denunciados a través  del presente recurso, dichos aspectos no fueron analizados, por cuanto conforme refiere la citada Sentencia Constitucional, los mismos debían ser considerados por las autoridades demandadas al formar parte de los agravios formulados en el recurso de casación, sobre el que se dispuso se emita nueva resolución.