SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0010/2010-R
Fecha: 06-Abr-2010
fundamentación de las resoluciones
Por otra parte, la Jueza demandada, en la Resolución aludida, concluye que “por la documentación que se adjunta que hace referencia esta autoridad llega a la convicción de que los imputados son con probabilidad autores o partícipes del hecho que se les imputa” (fs. 15 vta.); último aspecto que está vinculado a la fundamentación de las resoluciones que se pasa a analizar:
El hábeas corpus, ahora acción de libertad, tiene como características a la informalidad, que supone la inexistencia de requisitos formales para su presentación y la posibilidad de que el juez o tribunal subsane aquellas omisiones de derecho que pudiera observar art. 90.I.3 de la Ley del Tribunal Constitucional y aún que pueda ingresar a analizar aspectos que no han sido expresamente denunciados por el accionante, pero que sin embargo tienen conexión con el hecho demandado, como lo precisó la jurisprudencia constitucional en la SC 1204/2003-R de 25 agosto.
Esta posibilidad, por otra parte, se justifica a partir de la naturaleza de los derechos que protege esta acción (la libertad personal o física y la vida), que obligan al juez de garantías y al Tribunal Constitucional a actuar de oficio, con la finalidad de dar efectiva protección a estos derechos, razón por la cual, en vigencia de la Constitución abrogada, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional estableció, por ejemplo, que no era admisible el desistimiento.
En ese entendido, en el presente recurso, si bien se denunció de manera general la detención preventiva, no se especificó porqué el actual accionante consideraba que dicha detención resultada ilegal; sin embargo, en virtud al carácter informal del recurso de hábeas corpus, este tribunal analizará la medida adoptada por la Jueza demandada, respecto a su fundamentación.
Las resoluciones sobre medidas cautelares, de acuerdo a lo establecido en los arts. 236 inc. 3) y 124 del CPP, deben estar debidamente fundamentadas, expresando los presupuestos que motivan la detención, con cita de las normas legales aplicables; fundamentación que, bajo ninguna circunstancia, puede ser reemplazada por la simple relación de los documentos o la mención de los requerimientos de las partes, como expresamente lo determina el art. 124 del CPP.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades demandas y petitorio
- a)
- c)
- b)
- improcedente
- e)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- Fragmento 15
- II.6.
- 1.
- II.10.
- 1) La Fiscal:
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- acciones de defensa,
- accionante
- III.3. Sobre las condiciones de validez para la restricción del derecho a la libertad
- autoridad judicial competente
- resolver
- a) Sobre la defensora nombrada por la Fiscal:
- siempre que el interés de la justicia lo exija,
- Derecho irrenunciable
- irrenunciable
- Si consultado el imputado, no lo elige o el elegido no acepta inmediatamente el cargo, se le nombrará de oficio un defensor
- inclusive
- c) Sobre la falta de fundamentación de la imputación y los datos incorrectos
- formalizará imputación mediante resolución fundamentada que deberá contener:
- la imputación presentada por el fiscal
- d) Sobre la presentación de la imputación ante otra Jueza
- debe ser excepcional
- que se encontraba de turno ese día
- a) La supuesta usurpación de competencia de la Jueza
- b) Sobre la generalización de las declaraciones de los imputados y la Resolución sobre medidas cautelares
- fundamentación de las resoluciones
- III.5. Sobre la actuaci
- a la autoridad o a la persona
- aquella norma o interpretación que sea más favorable al sistema de derechos fundamentales.
- no
- III.6. Sobre la actuación de los Vocales recurridos, ahora demandados
- Las resoluciones que impongan medidas cautelares personales
- o mejor, adoptando el criterio de favorabilidad
- oportuna y efectiva
- (eficacia)
- verdad material
- 1. APROBAR
- 2.