SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0700/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0700/2010-R

Fecha: 26-Jul-2010

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

El abogado de la parte recurrente ratificó en su integridad los fundamentos del recurso y los amplió indicando lo siguiente: El Auto Supremo 479 dictado por los Ministros recurridos, estableció no haber lugar a la extinción de la acción penal, con el argumento que los imputados ocasionaron la mora procesal, sin considerar que quien la ocasionó fue el querellante al recusar jueces y fiscales, presentar incidentes y apelaciones; sin embargo, los recurridos no cumplieron con indicar cuáles fueron los recursos dilatorios que su defendido presentó para atribuírsele la dilación procesal indebida, lo que implica que respecto a ese punto la Resolución Suprema también carece de fundamentación.; por otra parte, no existía cosa juzgada material en el presente caso, puesto que hubo vulneración de normas constitucionales.