Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0700/2010-R
Fecha: 26-Jul-2010
III.4. El caso en análisis
El accionante aduce que su representado fue condenado por el delito de asesinato en grado de complicidad, sin considerar que el Auto Inicial de la Instrucción dispuso el procesamiento por el delito de encubrimiento, habiendo asumido defensa en todo el proceso por dicho delito y no así por complicidad en asesinato, pero, pese a que ese acto ilegal impugnó en apelación y en casación, las autoridades judiciales demandadas no repararon el acto lesivo de sus derechos, ejecutoriándose la Sentencia por Auto Supremo 479 de 15 de noviembre de 2005.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3.1. La inmediatez:
- tratándose de impugnación de resoluciones judiciales el plazo corre desde la notificación con la misma
- III.3.2. Los actos consentidos:
- III.4. El caso en análisis
- III.4.1.
- III.4.2.
- REVOCAR