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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0700/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0700/2010-R

    Fecha: 26-Jul-2010

    II.13.

    II.13. Por memorial presentado el 10 de marzo de 2006, el representado del recurrente pidió saneamiento procesal ante el Juez recurrido (fs. 2351 a 2352 vta.) solicitud rechazada por Resolución 59/2006 de 19 de abril, disponiendo se expidan los mandamientos de condena dispuestos en obrados (fs. 2367 a 2369); el 5 de mayo de 2006, el Juez recurrido libró mandamiento de condena contra el representado del recurrente (fs. 2379).

    • recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • a)
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • II.11.
    • II.12.
    • II.13.
    • II.14.
    • II.15.
    • III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
    • “accionante”
    • “conceder”
    • III.3.1. La inmediatez:
    • tratándose de impugnación de resoluciones judiciales el plazo corre desde la notificación con la misma
    • III.3.2. Los actos consentidos:
    • III.4. El caso en análisis
    • III.4.1.
    • III.4.2.
    • REVOCAR

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