SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0700/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0700/2010-R

Fecha: 26-Jul-2010

II.10.

II.10. Por Auto Supremo 479 de 15 de noviembre de 2005, los Ministros recurridos, en aplicación del art. 307. 1 y 2 del CPP.1972, declararon improcedentes los recursos de fs. 1449 a 1460; 1465 a 1466, e infundados los recursos de fs. 1470 a 1473 y 1479 a 1486 (éstas últimas corresponden al recurso del representado del recurrente); con el fundamento que el Tribunal de alzada efectuó una correcta valoración de los elementos del juicio, procediendo conforme a las reglas de la sana crítica; por otra parte la citada Resolución rechazó la extinción de la acción penal solicitada por los imputados siendo extensiva de oficio a los otros coprocesados porque la dilación en la conclusión del juicio resultaba ser atribuible a los mismos (fs. 1676 a 1679).