SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1258/2013-L
Fecha: 13-Dic-2013
Fragmento 5
Armando Ramiro Gumucio Karstulovic y Horst Hernann Edward Grebe López, a través de su abogado, manifestaron: 1) No correspondía que se demande a Armando Ramiro Gumucio Karstulovic, toda vez que quien se encuentra a cargo de los libros de acciones es el Secretario del Directorio. Asimismo, indica que se están señalando en el memorial de demanda actos de fiscales y jueces que no fueron demandados. Respecto al hecho del codemandado mencionando, no haya registrado la transferencia en el libro correspondiente, esto es porque existen órdenes fiscales, por las cuales no se procedió a dicho registro. Indica que habiéndose librado la providencia emitida por el Juez codemandado, de no innovar, es la razón por la cual dando cumplimiento a esa orden que no se procedió al registro de las acciones de la empresa GCC, quienes no fueron notificados con la presente acción de defensa, como terceros interesados. Tampoco se vulneró el derecho al trabajo de la empresa accionante, ya que las órdenes emitidas por los Fiscales y el Juez, de ninguna manera impiden el trabajo de la empresa accionante, como tampoco se habría vulnerado el derecho a la petición; y, 2) Indica que en el presente caso se operaría la subsidiariedad por cuanto debe agotarse la vía ordinaria ante el Juez Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial, y ante los Fiscales de Materia, para que levanten de manera adecuada su disposición de no registro, lo contrario sería incurrir en un error, al dictar una resolución contraria a la ley.
- Adolfo Salas Cárdenas
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- “…si bien he dispuesto la medida precautoria de anotación preventiva y prohibición de innovar en ningún momento he dispuesto de que no se inscriban las acciones compradas por los accionantes del amparo constitucional por lo tanto resulta totalmente falaz de que indilguen a mi persona un acto procesal que no he realizado las medidas precautorias solicitadas sólo se refieren al embargo preventiva y a la prohibición de innova
- Fragmento 5
- i)
- concede en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- I.4. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- II.17.
- II.18.
- II.19.
- II.20.
- II.21.
- II.22.
- II.23.
- II.24.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional y su naturaleza
- III.2. De las acciones o títulos nominativos
- Fragmento 35
- III.4. Del derecho a la propiedad y al comercio así como el registro de acciones cuando éstas se encuentran debidamente endosadas
- Fragmento 37
- Fragmento 38
- III.5. Análisis del caso concreto
- b)
- conceder en parte
- CONFIRMAR en parte
- 2°