SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1258/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1258/2013-L

Fecha: 13-Dic-2013

II.17.

II.17.  A través de Requerimiento de 25 de noviembre de 2011, emitido por la Fiscal de Materia Ingrid Rodríguez Flores, dentro del caso 5798/2011, seguido a denuncia de Reyna María Brígida Caballero Ortiz contra Manuel Antonio Milán Reyes, por la presunta comisión del delito de enriquecimiento ilícito de particulares con afectación al Estado, dispuso que “…por las oficinas de FUNDEMPRESA, se proceda a ejecutar la inmediata anotación preventiva del 47.02 % (…) de las acciones ordinarias que tiene registrado a su nombre GCC Latinoamericana S.A. de C.V, dentro de la estructura orgánica de SOBOCE S.A.” (sic) Disponiendo además que el Gerente General de SOBOCE, asuma conocimiento del requerimiento, para que de acuerdo con el art. 444 num. 5) del Código de Comercio (CCom), no registre ni efectivice la transferencia de las 47,02% de las acciones de GCC Latinoamerica S.A. de C.V, presuntamente transferidas a Consorcio Cementero del Sur S.A., (fs. 74).