SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1258/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1258/2013-L

Fecha: 13-Dic-2013

II.12.

II.12.  La Escritura Pública de Modificación del Estatuto de SOBOCE S.A., en su art. 9 señala que “Las acciones de la Sociedad serán nominativas, numerada e indivisibles y podrán transferirse mediante el endoso de los títulos y anotación en el registro de la Sociedad” (sic). La misma Escritura en su art. 15 indica que: “El hecho de poseer una o más acciones, trae consigo derechos y obligaciones para el poseedor de gozar de los beneficios emergentes de su condición de accionista y de someterse a los deberes y prescripciones consignados en estos Estatutos, en la Resoluciones de las Juntas Generales y en el Código de Comercio y demás disposiciones legales vigentes” (sic) (fs. 25 a 39).