SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1258/2013-L
Fecha: 13-Dic-2013
II.7.
II.7. A través de nota de 25 de agosto de 2011, Vito Rodríguez Rodríguez, en representación del Consorcio Cementero del Sur S.A., misma que se encuentra notariada, señala que adjunta la autentificación de firma y rúbrica efectuado por Manuel Milán, como representante de la sociedad endosante, acto efectuado ante el Notario de Fe Pública, Hugo Alba Rodrigo y la carta enviada por el por propio “señor Milán” (sic), a SOBOCE el 24 de agosto de 2011, dando constancia que la empresa GCC Latinoamericana S.A. de C.V, cumplió íntegra y oportunamente con los términos y condiciones del mencionado acuerdo de accionistas. En razón a ello solicitaron se proceda al registro de los títulos accionarios en el libro de registro de accionistas de la sociedad y se reconozca de esta manera a su sociedad como titular del paquete accionario del 47% en SOBOCE, advirtiendo que en caso contrario, el Directorio y la propia SOBOCE serán responsables por los daños y perjuicios ocasionados (fs. 10 a 11).
- Adolfo Salas Cárdenas
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- “…si bien he dispuesto la medida precautoria de anotación preventiva y prohibición de innovar en ningún momento he dispuesto de que no se inscriban las acciones compradas por los accionantes del amparo constitucional por lo tanto resulta totalmente falaz de que indilguen a mi persona un acto procesal que no he realizado las medidas precautorias solicitadas sólo se refieren al embargo preventiva y a la prohibición de innova
- Fragmento 5
- i)
- concede en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- I.4. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- II.17.
- II.18.
- II.19.
- II.20.
- II.21.
- II.22.
- II.23.
- II.24.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional y su naturaleza
- III.2. De las acciones o títulos nominativos
- Fragmento 35
- III.4. Del derecho a la propiedad y al comercio así como el registro de acciones cuando éstas se encuentran debidamente endosadas
- Fragmento 37
- Fragmento 38
- III.5. Análisis del caso concreto
- b)
- conceder en parte
- CONFIRMAR en parte
- 2°