DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2013

Fecha: 27-Jun-2013

ARTÍCULO 10. (Idiomas de uso oficial)

a) Además del castellano, se establecerá el uso de por lo menos un idioma nativo, en todas las instituciones públicas departamentales, tomando en cuenta el uso, la conveniencia, las circunstancias, las necesidades y preferencias de la población en su totalidad y del territorio en cuestión, su difusión en los medios de comunicación y será de aplicación progresiva de acuerdo a ley departamental.