DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2013

Fecha: 27-Jun-2013

Por tanto, puede entenderse la constitucionalidad del artículo del Proyecto de Estatuto, en el marco de su declaratoria de sujeción a la Constitución Política del Estado y las leyes, establecido en el art. 1.III de dicho proyecto

Por tanto, puede entenderse la constitucionalidad del artículo del Proyecto de Estatuto, en el marco de su declaratoria de sujeción a la Constitución Política del Estado y las leyes, establecido en el art. 1.III de dicho proyecto, y en el entendido que la aprobación que realice la Asamblea Legislativa Departamental respecto la contratación de empréstitos y deuda pública, se realizará conforme a lo dispuesto y expuesto por la Constitución Política del Estado y la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, es decir, previa autorización del órgano rector cuando se trate de deuda interna pública, y previa autorización de la Asamblea Legislativa Plurinacional cuando se trate de deuda pública externa.