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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0129/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0129/2014

    Fecha: 10-Ene-2014

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • a)
    • I.2.2.
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.11.
    • II.12.
    • II.14.
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados”
    • II.
    • III.3.El plazo de caducidad en la acción de amparo constitucional
    • III.4.De la legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
    • III.5.El derecho de petición
    • Fragmento 25
    • III.6.De la aplicación de los plazos previstos en el Reglamento de la Ley de Procedimiento Administrativo, en peticiones aisladas al proceso administrativo disciplinario a falta de norma expresa en materia policial
    • III.7.Análisis del caso concreto
    • al no existir recurso ulterior alguno contra la determinación que resolvió la apelación,
    • después de más de ocho meses de la notificación;
    • 1º REVOCAR en parte
    • 2º DENEGAR

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