DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0065/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0065/2014

Fecha: 10-Nov-2014

II. La ley regulará la protección y aprovechamiento de las especies forestales

Conforme al análisis de estos artículos precedentes de la Constitución Política del Estado, los recursos naturales como ser los minerales y recursos forestales, son recursos de carácter estratégico que están bajo el dominio competencial exclusiva del nivel central del Estado conforme a los arts. 298.I.4 y 7, 369.I.III y IV, 386 y 387.II de la CPE, y la explotación y aprovechamiento de estos recursos naturales serán regulados mediante una ley del nivel central del Estado a través de la ALP. y consiguientemente el control de las explotaciones mineras y el aprovechamiento de los recursos forestales, de la misma manera serán reguladas por la creación de impuestos nacionales, tasas y contribuciones especiales de dominio tributario del nivel central del Estado, conforme al art. 298.I.19 de la CPE.

En ese entendido el Gobierno Autónomo Municipal de Quime, no puede aprobar la creación de impuestos, tasas y patentes analógicamente con el nivel central del Estado respeto a la explotación de los recursos naturales minerales y recursos forestales, porque son recursos de carácter estratégico y están bajo la competencia exclusiva del nivel central del Estado. Razón por lo que el apuntado precepto 68.II. g), deviene en incompatible.