DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2014

Fecha: 10-Mar-2014

Importancia de la Planificación municipal y la participación de pueblos y/o comunidades indígena originario campesinos.

Es importante, esclarecer que este Título que trata sobre el régimen económico financiero y la gestión presupuestaria del municipio, no instituyó ningún clase de planificación, por lo mismo no se advierte la participación de los pueblos indígena originario campesinos en la planificación municipal a largo, mediano y corto plazo, como ser la realización de (PDM, POA, etc.), dichos pueblos incluso tienen derecho a participar como actores sociales legítimos en evaluaciones del gobierno municipal, sobre el desarrollo de sus comunidades conforme lo desarrollado en los Fundamentos Jurídicos II.3 y II.4 de la presente Declaración Constitucional Plurinacional, de ninguna manera y bajo ningún argumento legal pueden estar excluidos, de la decisión del destino de su municipio, ya que a través de ello tienen que ser actores del destino de sus respectivas comunidades; de no existir dicho desarrollo, no se estaría cumpliendo con lo establecido en el art. 275 de la CPE, referente a la elaboración de la carta orgánica de manera participativa, pues la participación no significa una mera asistencia en los eventos de construcción de la mencionada carta orgánica, sino que implica plasmar la visión y sus propuestas sobre el destino de sus comunidades mediante políticas del municipio a partir de su propia realidad sociocultural, conjugando sus principios, valores, sus normas y procedimientos propios, de participación en la política, a ese fin debe estar inserto, la planificación municipal y la participación precedentemente referida.