DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0049/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0049/2014

Fecha: 25-Sep-2014

art. 7.II

El art. 7.II del proyecto menciona: “Asimismo, se reconoce los símbolos del Estado Plurinacional: Bandera tricolor rojo, amarillo y verde; el Himno Nacional Boliviano; el Escudo de Armas; la Wiphala; la Escarapela; la Flor de la Kantuta y la Flor del Patujú”. Se debe puntualizar que los símbolos nacionales están detallados en el art. 6.II de la Norma constitucional, por tanto, en base al entendimiento de la citada DCP 0001/2013 en otras declaraciones como la 0011/2014 de 10 de marzo, que señala: “…conforme al principio de supremacía constitucional y dado el carácter axiológico de la Constitución, una Carta Orgánica, no está en condiciones de reconocer, preceptos consagrados en la Norma Suprema, como lo hace en dicho parágrafo y artículo, en relación a los símbolos del Estado Plurinacional de Bolivia. En el mismo sentido, la anteriormente citada DCP 0001/2013, ya estableció que no corresponde a los estatutos autonómicos reconocer derechos fundamentales o las normas constitucionales, aclarando que las Cartas Orgánicas, únicamente pueden establecer mandatos de sujeción a lo establecido en la Constitución, de ninguna manera reconocer aspectos o cuestiones que primigeniamente ya fueron reconocidos por su texto”, por tanto, el parágrafo observado es contrario al texto constitucional debiendo ser retirado del Proyecto.