DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0049/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0049/2014

Fecha: 25-Sep-2014

ARTÍCULO 24

Como requisitos para ser elegido concejala, concejal, alcaldesa o alcalde municipal, el proyecto define en su art. 24.I.8: “Hablar los idiomas oficiales del municipio”, contrariando lo dispuesto por el art. 5.I de la CPE, que establece como idiomas oficiales del Estado Plurinacional, el castellano y todos los idiomas de las naciones NPIOC, así lo ha determinado la ya señalada DCP 0011/2014 de 10 de marzo: “…El precepto, contraviene lo señalado por el art. 5.I de la Norma Suprema, que establece la existencia de treinta y siete idiomas oficiales en todo el territorio boliviano, de donde el proyecto de Carta Orgánica, tendría que limitarse únicamente a señalar cuáles de estos idiomas oficiales serán de uso institucional en su jurisdicción, pero no determinar como 'idiomas oficiales', únicamente a algunos de ellos, pues esto ya fue definido por el constituyente”; en consecuencia el numeral del artículo observado debe adecuarse al texto constitucional o retirarse de la norma básica.